Lo que se necesita para un divorcio de mutuo acuerdo de Maryland con Sanabria & Associates:
¿Puedo divorciarme de mi cónyuge incluso si nos casamos en un país diferente?
Sí, mientras haya vivido en Maryland durante seis meses, aún puede divorciarse.
Mi cónyuge vive en otro país, ¿aún puedo divorciarme en Maryland?
Sí, mientras haya vivido en Maryland durante seis meses, aún puede divorciarse.
Mi cónyuge y yo tenemos dos hijos mayores de 21 años, ¿será eso un problema?
No, a partir de los 18 años los hijos se emancipan por lo que no será un problema a la hora del divorcio.
¿Después de divorciarme? ¿Cuándo puedo volver a casarme?
Por lo general, recomendamos esperar al menos un mes antes de volver a casarse. Después de que se haya resuelto su divorcio, se requiere un período de espera de diez días antes de que el tribunal finalice su divorcio.
El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (también conocido como SIJS) es un recurso/beneficio de
inmigración para Menores de 21 años de Edad en Maryland y menores de 18 años en DC y Virginia.
Para calificar, los Menores de Edad deben tener lo siguiente:
¿Cómo funciona el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil?
El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil comienza en el tribunal estatal del estado en el que vive. Se presenta un documento de denuncia en el tribunal junto con documentación adicional que conducirá a una audiencia en el tribunal estatal.
Nosotros, como abogados, acompañamos al solicitante y al menor de edad a la audiencia en el tribunal estatal. El solicitante y el menor de edad (si tiene más de 14 años) tendrán que testificar en el tribunal. En Sanabria & Associates nos aseguramos de que el solicitante y el menor de edad estén listos antes de la audiencia. Después de que se otorga la custodia, presentamos esa orden de Custodia con un paquete especial para inmigrantes juveniles que va al centro de Servicios de Ciudadanía e
Inmigración de los EE. UU., que luego enviará un aviso de recibo y un aviso de aprobación. Una vez que se recibe un aviso de aprobación, el menor de edad tendrá un estatus especial de inmigrante juvenil.
¿Por qué un menor de edad solicitaría el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil?
Los candidatos al Estatus Especial de Inmigrante Juvenil podrán ajustar su estatus para tener una tarjeta de residencia permanente. Es decir, una vez que tengan aprobada su estatus Especial de Inmigrante Juvenil; estarán en camino de poder solicitar la residencia y cinco años después de eso, la ciudadanía.
¿Puede un candidato al Estatus Especial de Inmigrante Juvenil recibir un permiso de
trabajo?
Sí, pero después de que el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil haya sido aprobado por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. Una vez que se aprueba, se le otorga al menor de edad lo que se denomina “acción diferida”, que le permite solicitar un permiso de trabajo.
¿Qué se considera abuso, abandono y negligencia?
El abuso puede incluir cualquier tipo de abuso físico o mental por parte de los padres hacia el niño antes de cumplir los 17 años. El abandono es cuando los padres deciden voluntariamente dejar de vivir con el niño o mantenerlo antes de los 17 años. La negligencia es la falta de los padres de cuidar adecuadamente al niño. Tener un hijo menor de 17 años que trabaje se considera negligencia (consulte la Pregunta frecuente 4 a continuación para obtener más información).
¿Cuándo es lo más tarde que un Menor de Edad puede solicitar el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil?
En Maryland, lo más tarde que alguien puede presentar una solicitud es 20 años y 6 meses. En DC y Virginia, también es 18 años y 6 meses. Tenga en cuenta que el menor de edad debe haber vivido seis meses continuos en el condado donde reside; si el menor de edad se muda, los seis meses se reinician.
¿Puede mi tío, primo o amigo de la familia solicitar el Estatus de Inmigrante Juvenil Especial para un Menor de edad?
Sí, pero solo si ambos padres no están presentes en la vida del niño. Si uno de los padres está presente en la vida del niño, ese padre tiene que presentar la petición.
Si un Menor de Edad ha trabajado en el campo en su país de origen, ¿podría aún calificar para el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil?
Sí, según la ley estatal, trabajar con menos de 17 años se considera negligencia. Por ejemplo, en Maryland la decisión In Re Dany G 223 Md. App. 707, 712 (2015) establece que trabajar en condiciones peligrosas se considera negligencia por parte de cualquiera de los padres si permitieron que su hijo trabajara en esas condiciones.
Si el solicitante del Menor de Edad no tiene papeles, ¿aún pueden ayudar al Menor de
Edad? ¿Afectaría eso su estatus migratorio?
¡Sí, todavía pueden ayudar! Solicitar a un menor de edad no afectará su estatus migratorio. El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil se ventila en la corte estatal y las oficinas de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos; estos departamentos no son ICE ni los tribunales de inmigración, por lo que ser un solicitante no pondrá en peligro un estatus migratorio ni alertará a inmigración sobre el estado del solicitante.
¿Qué sucede con su caso de inmigración en la corte de Inmigración si tiene el Estatus
Especial de Inmigrante Juvenil?
Una vez que se apruebe el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil, en Sanabria and Associates podremos cerrar el caso de inmigración del menor de edad, lo que le sacará del sistema y le permitirá continuar con su proceso de residencia.